Ha reconocido el derecho a una mujer, separada en 1986 y divorciada en 1996, a cobrar la pensión de viudedad por haber sido víctima de violencia de género
El Alto Tribunal concede la pensión de viudedad. Por lo tanto, corrige lo establecido en la normativa de Clases Pasivas del Estado y de Seguridad Social.
Se casó por el rito tradicional en época preconstitucional y las autoridades no reconocen su derecho a pensión por no haber inscrito o registrado el matrimonio
La formación naranja insta al Gobierno de España a aprobar un Proyecto de Ley de Parejas de Hecho para evitar cualquier tipo de discriminación jurídica
Esta mujer ha tenido que esperar 12 años para conocer que no podrá percibir una pensión de viudedad. La pareja había convivido desde 1984, un \"extremo reconocido por sus familiares y círculo de amistades\", según recoge la sentencia
La Seguridad Social ya se ha acomodado a los nuevos criterios del Tribunal Supremo (TS) con respecto al derecho al cobro de pensión de viudedad por parte de separados y divorciados, después de que el Alto Tribunal suavizara los criterios en una sentencia del pasado mes de enero
Al porcentaje aplicable a la base reguladora de la prestación de viudedad del 56 al 60% a los beneficiarios 65 años o más y sin otros ingresos en Andalucía